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martes, 5 de octubre de 2010

Sabe Ud, cuanto debe pagar en Capital Federal, al adquirir una vivienda?

Contando conque la mayorìa de las compraventas inmobiliarias se realizan de contado, es convenienter informar a los adquirentes, los impuestos que durante el ùltimo tiempo se han ido sumando al precio de venta de los inmuebles.

Los diarios han publicado algutos datos, que confirmamos, pero... agregamos otros como que el contacto con el cliente: tanto vendedor como comprador, necesitan conocer.

Especialmente, si ya posee otro inmueble (donde las condiciones fiscales modifican varios items) y/o adquiere con un crèdito bancario (al que se suman varios adicionales, como seguros, gastos administraticos, etc, y donde se reducen los honorarios dela escribanìa).

De hecho cualquier compraventa, es una situaciòn singular y muy especìfica.

Cuando una persona decide comprar una vivienda debe saber que la operación no sólo incluye el precio en sí de la misma, sino que también hay otros ítems -particularmente impuestos y honorarios - que se deben abonar.

En viviendas a estrenar se paga un IVA del 10,5%, sobre el costo, aùn cuando estèn incluìdas en el precio. Vale decir, en primera venta.

Impuesto que no se paga en inmuebles usados. Salvo en aquellos casos de inmuebles comerciales, en donde si se paga IVA.

En la Capital Federal ademàs, hay que abonar el impuesto de sellos (2,5 por ciento) sobre el mayor valor o precio del inmueble, (que es el de la operación o el que determina el valor de inmueble de referencia- VIR), por lo que el comprador paga el 1,25 % y el vendedor el otro 1,25 %, restante. En las provincias, particularmente en la de Bs. As., hay tambièn otras contribuciones que se agregan.

Además, se debe abonar el Impuesto de Transferencia Inmueble (ITI), que es del 1,5 % sobre el valor de la operación cuando la venta la realiza una persona fìsica; o del 3% - Impuesto a las Ganancias- si se trata de una sociedad, al tiempo que también paga sobre el valor de venta (COTI) declarado por el vendedor a la AFIP, si el mismo supera los 360.000 pesos.

Asimismo, hay que sumar entre el 1,5% al  2% por ciento de los honorarios del escribano - sin certificados - y entre el 3% y 4 % por la firma interviniente.

Para hacer frente a la compra de la vivienda, una persona debe contar -mìnimamente -con el 30 % del precio final - que se paga por lo general a la firma del boleto de compraventa.

Aùn en los casos de compra con crèditos hipotecarios, el comprador debe contar con dicho dinero en efectivo, pues es muy raro que un banco cubra con el crèdito el total del precio.

Ademàs, si se tomara un crèdito hipotecario, hay que abonar seguro de vida màs los gastos administrativos, que fija cada banco otorgante del crèdito.

La operación se finiquita - vale decir que se escritura-  en un plazo que va desde los cinco (5) dìas a aproximadamente treinta (30) días hábiles -dependiendo de la demora que sufran los certificados de dominio y de inhibiciòn que deben solicitarse en todos los casos sobre el bien inmueble y el vendedor, ademàs del VIR y del COTI, - mientras que en transacciones simultáneas se puede llegar a tardar alrededor de 60 días y en otros casos más complejos - sucesiones no inscriptas, por ejemplo - se puede demorar un lapso de tiempo más prolongado, por lo que es conveniente tener asegurada la transacciòn con la firma del boleto de compraventa, tal como lo hemos especificamos en el pàrrafo anterior, evitando asì el posible arrepentimiento del vendedor.


Resumen de detalles


-El vendedor paga 1,5 % si el precio del inmueble si supera los 360.000 pesos.

-En Capital, oferente y demandante pagan 1,25% cada uno por el Impuesto a los Sellos sobre el mayor valor de la operación o el que determina el VIR.

-El comprador debe pagar al Boleto el 30% del precio de la propiedad, lo que es al momento de firmar la operación.

Una mudanza cuesta, aproximadamente:
-Entre 1.500 y 1.900 pesos se paga por una mudanza a una vivienda de un dormitorio.

-Entre 1.700 y 2.300 pesos, se abona en el caso de dos dormitorios.

-De 1.200 a 1.500 pesos es el valor de un monoambiente.

Adicionales:

- En algunos casos muy especìficos pueden ocasionarse algunos otros gastos como por ejemplo, estudios de tìtulos y/o certificados varios, por lo que no puede especificarse un costo fijo al acto de escrituraciòn, que se adicionan a los honorarios de los profesionales.

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